Dtop renovacion de licencia de conducir: Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP)

Real ID

¿Por qué se estableció el sistema de identificaciones y licencias conocidos como Real ID?

  • Luego de los actos terroristas del 11 de septiembre de 2001 en varios estados de los Estados Unidos, el gobierno federal implantó normas más estrictas de identificación en todas sus jurisdicciones.
  • Entre los cambios de identificación más notables, están los del certificado de nacimiento, y los de las licencias de conducir. Esta última, pasando a convertirse, de una licencia regular, en un Real ID.
  • De esta forma, se garantiza un proceso más riguroso y seguro a la hora de identificar a las personas que viajan entre jurisdicciones de los Estados Unidos, lo que comúnmente llamamos: Vuelos Domésticos.
  • El Real ID aplica a los 50 estados, Guam, Islas Marianas del Norte, Samoa Americanas, Islas Vírgenes y, por supuesto, Puerto Rico.

¿Quién necesita un Real ID?

  • Toda persona que vaya a viajar hacia o entre uno de los 50 estados, Guam, las Islas Marianas del Norte, Samoa Americana, Islas Vírgenes y Puerto Rico.
  • Toda persona que vaya a visitar una instalación federal restringida, que requiera la presentación de una tarjeta de identificación en la entrada para permitir el acceso.
  • Toda persona que vaya a visitar una planta nuclear.
  • Por tanto, si usted tiene planes de viajar desde Puerto Rico hacia uno de los 50 estados, o alguna jurisdicción de los Estados Unidos, a partir de octubre de 2020, y no tiene pasaporte, usted tiene que sacar una licencia o identificación Real ID.
  • Antes de octubre de 2020, usted podrá continuar viajando utilizando su licencia o identificación regular, pero le exhortamos a que no lo deje para último momento. Solicítela y obténgala ya en la mayoría de los Centros de Servicios al Conductor, conocidos como CESCO.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar un Real ID?

Para solicitar un Real ID, usted debe presentar en CESCO los siguientes documentos:

  • La solicitud -lo que comúnmente llamamos “los papeles” o “los blancos”- que está disponible en los CESCO, colecturías del Departamento de Hacienda, y a través de las páginas de internet del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP).
  • Certificado de Nacimiento de Puerto Rico o pasaporte.
  • Tarjeta de Seguro Social, que no esté laminada. En caso de no contar con su tarjeta de Seguro Social, o que la suya esté laminada, puede presentar la hoja de retención de contribuciones de su trabajo, conocida como la W-2.
  • Evidencia de su dirección física, como recibo de agua, luz, celular o banco.
  • Certificado médico que no tenga más de 6 meses de emitido.

¿Cuánto cuesta sacar un Real ID?

  • Los costos para sacar un Real ID varían, dependiendo de si usted está sacando su identificación o licencia de conducir por primera vez, si se trata de una renovación, o si desea cambiar su licencia o identificación regular vigente por un Real ID. Estos podrían ir desde un mínimo de $19 hasta un máximo de $55. Para obtener la información específica, visite uno de nuestros CESCO, o acceda a la página web del Departamento de Transportación y Obras Públicas.

¿Podré sacar mi Real ID después de octubre de 2020?

  • Sí, por supuesto. La fecha límite de octubre de 2020 es solo para poder realizar vuelos domésticos sin la necesidad de un Real ID. Por tanto, luego de octubre de 2020, usted puede visitar CESCO y sacar su Real ID sin problemas.

¿Podré continuar conduciendo con una licencia que no sea Real ID, luego de octubre de 2020?

  • Sí. El Real ID es solo para efectos de identificación a la hora de realizar vuelos domésticos y/o visitar una facilidad federal restringida. Si usted mantiene una licencia regular, siempre que no esté expirada, podrá continuar conduciendo su vehículo de motor sin problemas.

¿Los menores de edad también necesitan sacar un Real ID?

  • El requisito de Real ID solo aplica a personas de 18 años o más. Sin embargo, las licencias y las identificaciones Real ID se puede expedir a personas de 16 años en adelante.

A partir de octubre de 2020, ¿será requisito tener Real ID para recibir los beneficios del Programa de Asistencia Nutricional (PAN), Reforma de Salud u otro servicio gubernamental?

  • No. El Real ID es única y exclusivamente para poder realizar vuelos domésticos o visitar facilidades federales restringidas. No es un requisito para solicitar u obtener algún servicio gubernamental.

¿Puedo usar mi Real ID para viajar a un país que no sea jurisdicción de los Estados Unidos?

  • No. Para cualquier viaje fuera de la jurisdicción de los Estados Unidos, usted necesita un pasaporte.

Servicios al Conductor

Renovación de licencia

     

Completar en todas sus partes el FormularioDTOP-DIS-256 “Solicitud Certificado de Licencia para Conducir Vehículos deMotor

Si la persona presento en  transacciones anteriores y están escaneados en el lugar correspondiente no   tendrá que traer los siguientes documentos:

a.  Presencia legal; certificado de nacimiento, pasaporte, tarjeta de residente permanente, en original o cualquier otro documento para estos fines.

b.  Tarjetade seguro social, en original o cualquier otro documento para estos fines.

De no tener losdocumentos, favor de referirse a la parte de Documentos Requeridos y solicitarlos documentos necesarios.

    Certificado médico, el cual no  deberá tener más de un (1) año de expedido al momento de someter la  solicitud.

    a.    CategoríaConductor:

    DTOP-DIS-260 “CertificaciónMédica para Certificado de Licencia de Conducir”.

    b.   CategoríaChofer

    DTOP-DIS-260a “CertificaciónMédica para Certificado de Licencia de Conducir Vehículos de Motor Comercial dePasajeros”.

    c.    CategoríaVehículo Pesado [Tipo 1, Tipo 2, Tipo 3, Tipo 4]

    DTOP-DIS-260a “CertificaciónMédica para Certificado de Licencia de Conducir Vehículos de Motor Comercial dePasajeros”.

    DTOP-789 “Certificadodel Oftalmólogo u Optómetra”.

      Presentar documento que no  deberá tener más de dos (2) meses de emitido, que evidencie su dirección  residencial permanente.

      a.  Si el documento no está a su nombre la persona a cuyo nombre esté el documento, deberá autorizarlo mediante Formulario DTOP-DIS-156 “Certificación de Residencia Principal” e incluir copia de una identificación fehaciente de la persona.

      b.  De no conseguir a la persona a cuyo nombre está el documento, el solicitante deberá hacer una declaración jurada ante un Notario Público o Funcionario Autorizado utilizando el formulario DTOP-DIS-263 “Afirmación So Pena de Perjurio Certificando la Residencia Principal”, en la cual certifique su dirección residencial permanente.

        Costo por transacción:

        a. Sello de Rentas Internas código 5120, por el valor de once (11) dólares, si tiene más de treinta (30) días de expirada el Sello de Rentas Internas será por el valor de treinta y cinco (35) dólares.

        b. Sello de Rentas Internas código 5120, por el valor de un (1) dólar para cumplir con la Ley Número 296 de 25 de diciembre de 2002, “Ley de Donaciones Anatómicas de Puerto Rico”.

        c. Comprobante de Rentas Internas código 0842, por valor de dos (2) dólares, para cumplir con la Ley Núm. 24-2017 “Cargo Especial para el Centro de Trauma de Centro Médico”.

        d. Comprobante de Rentas Internas código 2028, por valor de diecisiete (17) dólares, por la validación Real Id. Si la identidad ya fue validada Real Id no tendrá que volver a pagar.

          De la persona no solicitar y no poseer una licencia de conducir conforme con la ley federal de “Identificación Real” deberá leer firmar el formulario DTOP-DIS-356 “Consecuencias  de no solicitar una Licencia de Conducir o Tarjeta de Identificación     conforme con la Ley Federal de “Identificación Real”.

            De la persona tener conocimiento que tiene una deuda o tiene un gravamen impuesto en el  Sistema DAVID+ de ACAA o ASUME deberá presentar una certificación  indicando el pago o plan de pago con dicha agencia.

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